Hoy en día, casi todo el mundo tiene un décimo o papeleta del sorteo del gordo de la navidad. Pero, ¿sabemos que, con nosotros, también juega Hacienda?
En este artículo te explicamos de forma clara y con números cómo funciona la fiscalidad del Gordo de Navidad, qué impuestos se aplican, qué errores conviene evitar y qué decisiones puedes tomar para no pagar de más y planificar bien ese premio inesperado.
Gordo de Navidad impuestos: cuándo tributas y cuándo estás exento
La normativa vigente referente al gravamen especial sobre premios, establece el límite de tributar o no en 40.000€, veamos los diferentes supuestos:
- Si el premio es inferior o igual a 40.000€, en este caso no debemos preocuparnos, ya que estaremos exentos de tributación.
- Si el premio supera los 40.000€, es aquí donde actuara Hacienda, ya que aplicará un 20% de gravamen sobre la parte que exceda la cifra anterior.
¿Qué ocurre si compartimos el décimo?
En el caso, de que los décimos sean de titularidad compartida, se aplican las mismas normas que anteriormente, pero con algunas diferencias:
- Si el premio es inferior o igual a 40.000€, se aplicará la misma normativa que en el caso de un único titular, estarán exentos.
- Si el premio supera los 40.000€, en este caso, la cuantía exenta se prorrateará en función del porcentaje que le corresponda a cada uno del décimo.
¿Qué pasa si mi premio es en especie?
En este caso, si nuestra papeleta es para jugar en sorteos donde el premio no es monetario (una televisión, un coche, una casa…) es donde realmente se complica el cálculo. Ya que la ley establece que la base sobre la cual se calculara el impuesto es:
Valor de mercado del bien – menos la parte exenta – menos el ingreso a cuenta realizado
El valor de mercado del bien, es el precio por el que se vendería. La parte exenta, es igual a 40.000€. El ingreso a cuenta realizado, corresponde a la parte que el organizador del sorteo ha tenido que ingresar a Hacienda. Este ingreso a cuenta corresponde al 20% una vez al valor de mercado le has quitado la parte exenta.

¿Cuándo se tiene que ingresar este impuesto?
Por lo general, los pagadores ya reducirán está cantidad retenida automáticamente antes de entregarte el premio. En el caso de que no lo hagan, se tiene que realizar el modelo fiscal pertinente, en el momento que se satisfaga o abone el premio obtenido. La gente que no supere los 40.000€ exentos o haya realizado el ingreso a cuenta, estará exenta de presentar el modelo fiscal.
Para más información, puedes consultar la Ley 35/2006 de 28 de Noviembre.
Gordo de Navidad e impuestos: decisiones inteligentes para no pagar de más
Que te toque el Gordo de Navidad cambia el día… y puede complicarte el año si no entiendes bien cómo funcionan los impuestos. Saber qué parte está exenta, cuánto retiene Hacienda, cómo declarar (o no) el premio y qué implicaciones tiene si el décimo es compartido o está a nombre de una empresa te ayuda a proteger el premio y evitar sobresaltos con la Agencia Tributaria.
Si te ha tocado un premio importante o estás valorando cómo gestionarlo a nivel personal o empresarial, no tomes decisiones fiscales “a ojo” ni solo con lo que se comenta en la oficina.
En GCO contamos con un equipo de asesores fiscales y tributarios que puede ayudarte a:
- Revisar el impacto real del premio en tu situación fiscal.
- Planificar cómo invertir o distribuir ese dinero de la forma más eficiente.
- Evitar problemas con Hacienda por décimos compartidos, donaciones o sociedades.
Si necesitas que analicemos tu caso o el de tu empresa, contacta con nosotros y lo vemos contigo paso a paso.
